¿Puedo instalar un punto de recarga en mi plaza de garaje comunitario?

Sin embargo, una de las dudas habituales a las que queremos dar respuesta es si puedes dar respuesta , ¿tienes derecho a instalar un PDR en tu plaza de garaje comunitario?

Sigue leyendo si quieres obtener toda la información al respecto.

 

Instalar un PDR en un garaje comunitario

 

La instalación de un punto de recarga eléctrico en un garaje comunitario suele ser siempre un poco más difícil que en los garajes privados, pero eso no significa que no se pueda hacer. Con carácter general, se puede instalar un punto de recarga en un garaje comunitario, pero te contamos algunos de los casos más habituales.

 

  1. Las obras de instalación afectan sólo a la plaza de garaje. El propietario de la plaza deberá comunicar a la Comunidad de Vecinos su intención de realizar las obras. Se trata sólo de una comunicación, no está pidiendo permiso, ya que las obras no afectan a nadie más que a él y a su plaza de garaje. La Comunidad de propietarios no puede negarse y por supuesto es el dueño de la plaza quien corre con los gastos de toda la obra de instalación y del punto de recarga.
  1. Para instalar el PDR en la plaza es necesario hacer obras en los elementos comunes. El caso anterior, en el que sólo habría que hacer obras dentro de la plaza de garaje en concreto, no suele ser el más habitual, ya que lo normal es tener que hacer obras también en zonas o elementos comunes. En este caso, no sólo se necesita la comunicación sino que es necesaria la autorización de la Comunidad de Propietarios por mayoría simple, que a su vez represente la mayoría de las cuotas de participación. Por lo tanto, la Comunidad de Propietarios sí puede negarse si no se alcanza el acuerdo.

En los edificios más o menos antiguos, suele ser necesario realizar obras en los elementos comunes. Sin embargo, existe una ley desde 2014 que indica que los edificios de nueva construcción deben contar obligatoriamente con una conducción principal que posibilite real

 

izar derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicadas en las plazas de aparcamiento.

 

El propietario asume los costes

 

El propietario de la plaza de alquiler es quien debe asumir los costes de instalación y por supuesto el consumo eléctrico que se genere.

Hay varias posibilidades: hacer una derivación desde el contador de nuestra vivienda si es posible o, en su defecto, desde el contador del garaje comunitario. En este caso, deberemos instalar un contador secundario para saber qué parte del consumo eléctrico corresponde a nuestro punto de recarga.

Si se tuvieran que hacer obras en los elementos comunitarios, sería la Comunidad quien tendría que asumir esos costes, por eso se requiere autorización por parte de la Comunidad de Propietarios.

 

¿Por qué necesito un seguro?

Después de haber hecho una inversión importante para instalar tu punto de recarga eléctrico, no quieres que sufra daños y que te cueste más dinero aún arreglarlo o reponerlo. No te preocupes, tenemos la solución.

Nuestro seguro te cubrirá en los siguientes supuestos:

  • Daños al cargador o al cable. Todos los daños al cargador y su cable están cubiertos, excepto los daños por agua/climatología. Imagínate que te ocurre cualquiera de los siguientes supuestos:

– Dando marcha atrás, rompes tu estación de carga. Te indemnizamos para que puedas arreglarlo o comprar uno nuevo.

– El aparato de carga se estropea tras una sobrecarga en la red. También te indemnizamos.

– Cae un rayo y quema la base de carga. El seguro también te indemniza.

  • Daños por rotura o vandalismo. Tanto el cargador como el cable están protegidos ante daños causados por ataques vandálicos. Si te encuentras el cable cortado o el cargador roto por vandalismo, te cubriremos.
  • Robo del cargador o el cable. En caso de que alguien te robe el cable o el cargador, el seguro también se hace responsable.

Puedes elegir entre una cobertura de 1.000€ o 2.000€. Contrátalo ya.

 

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